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La instalación de videovigilancia en comunidades de vecinos es un sistema disuasorio y eficiente gracias al avance de las tecnologías.
En Grupo SEA contamos con equipos de videovigilancia diseñados específicamente para dar una mayor seguridad en todo el perímetro de una Comunidad de Vecinos, empleando desde los dispositivos de vigilancia, como cámaras, hasta los discos duros y la Central Receptora, todos ellos en pleno funcionamiento las 24 horas del día.
Si se desea la instalación de este sistema se requiere la aprobación de las 3/5 partes de los propietarios y que representen las 3/5 partes de las cuotas de participación acorde al artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal.
Aun así se ha de tener en cuenta que, según la Agencia Española de Protección de Datos, la grabación de una persona es un dato personal, por lo que se deben de seguir ciertos requisitos, entre los que se incluyen:
proceder a la instalación de cámaras de videovigilancia debe ser una medida proporcional con respecto a la infracción que se quiera evitar y no hacer uso de ello para llevar a cabo funciones de vigilancia.
Así mismo, el contrato de prestación de servicios deben consignarse por escrito y ser comunicados al Ministerio del Interior con una antelación de 3 días como mínimo.
Aquella cámara de videovigilancia que se instale no podrá captar imágenes de cualquier persona que se encuentre fuera del perímetro de la Comunidad de Vecinos o del inmueble salvo que exista una autorización del Gobierno.